¿Qué se necesita para importar secadora de cabello? ¿Cuál es su fracción arancelaria?

Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias.

Descripción de la mercancía: Secadora de cabello

Industria: Retail

Fracción arancelaria: 8516.32.01 NICO 00

Descripción en LIGIE: Máquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos. Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores eléctricos de inmersión; aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos; aparatos electrotérmicos para el cuidado del cabello (por ejemplo: secadores, rizadores, calientatenacillas) o para secar las manos; planchas eléctricas; los demás aparatos electrotérmicos de uso doméstico; resistencias calentadoras, excepto las de la partida 85.45. Aparatos electrotérmicos para el cuidado del cabello o para secar las manos: Los demás aparatos para el cuidado del cabello. NICO 00 Los demás aparatos para el cuidado del cabello.

  • Impuestos: 15%
  • NOM's: NOM-024-SCFI-2013
  • RRNA: N/A
  • Permisos: N/A
  • Acuerdos y Tratados: N/A
  • Padrón: General
  • Nivel de riesgo: R13

Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición

Conclusión

Se trata de una importación que debe cumplir con el pago de impuestos y con la NOM-024 de empaques, instructivos y garantías de electrónicos, eléctricos y electrodomésticos. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, es por eso que creamos nuestro centro de aprendizaje.

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