¿Qué se necesita para importar productos con menos del 0.3% de THC y CBD? ¿Cuál es su fracción arancelaria?

Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias.

Descripción de la mercancía: Productos con menos del 0.3% de THC y CBD

Industria: Farmacéutica

Fracción arancelaria 3004.49.99 NICO 99

Descripción en LIGIE: Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas. Productos farmacéuticos. Medicamentos (excepto los productos de las partidas 30.02, 30.05 ó 30.06) constituidos por productos mezclados o sin mezclar, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, dosificados (incluidos los administrados por vía transdérmica) o acondicionados para la venta al por menor. Los demás, que contengan alcaloides o sus derivados: Los demás. NICO 99 Los demás.

  • Impuestos: 10%
  • NOM's: N/A
  • RRNA: N/A
  • Permisos: COFEPRIS
  • Acuerdos y Tratados: N/A
  • Padrón: General
  • Nivel de riesgo: R10
Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición. 

Conclusión

Se trata de una importación que debe cumplir con el pago de impuestos y con un permiso de COFEPRIS. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, por lo que creamos nuestro centro de aprendizaje.

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