Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias.
Descripción de la mercancía: Polvo de cultivo deshidratado
Industria: Química
Fracción arancelaria: 3821.00.01 NICO 00
Descripción en LIGIE: Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas. Productos diversos de las industrias químicas. Medios de cultivo preparados para el desarrollo o mantenimiento de microorganismos (incluidos los virus y organismos similares) o de células vegetales, humanas o animales. Medios de cultivo preparados para el desarrollo o mantenimiento de microorganismos (incluidos los virus y organismos similares) o de células vegetales, humanas o animales. NICO 00 Medios de cultivo preparados para el desarrollo o mantenimiento de microorganismos (incluidos los virus y organismos similares) o de células vegetales, humanas o animales.
- Impuestos: 5%
- NOM's: N/A
- RRNA: Autorización sanitaria previa de la COFEPRIS ¿Qué son las Regulaciones y Restricciones no Arancelarias?
- Permisos: N/A
- Acuerdos y Tratados: N/A
- Padrón: General
- Nivel de riesgo: R8
Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición. Requisitos para importar a México.
Conclusión
Se trata de una importación que debe cumplir con el pago de impuestos y requiere una autorización sanitaria previa de la COFEPRIS. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, es por eso que creamos nuestro centro de aprendizaje.
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