Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias.
Descripción de la mercancía: Mosaico de vidrio reciclado
Industria: Vidrio
Fracción arancelaria: 7016.10.01 NICO 00
Descripción en LIGIE: Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materias análogas; productos cerámicos; vidrio y sus manufacturas. Vidrio y sus manufacturas. Adoquines, baldosas, ladrillos, placas, tejas y demás artículos, de vidrio prensado o moldeado, incluso armado, para la construcción; cubos, dados y demás artículos similares, de vidrio, incluso con soporte, para mosaicos o decoraciones similares; vidrieras artísticas (vitrales, incluso de vidrios incoloros); vidrio multicelular o vidrio "espuma", en bloques, paneles, placas, coquillas o formas similares. Cubos, dados y demás artículos similares, de vidrio, incluso con soporte, para mosaicos o decoraciones similares. NICO 00 Cubos, dados y demás artículos similares, de vidrio, incluso con soporte, para mosaicos o decoraciones similares.
Impuestos: 15%
NOM's: N/A
RRNA: N/A ¿Qué son las Regulaciones y Restricciones no Arancelarias?
Permisos: N/A
Acuerdos y Tratados: N/A
Padrón: General
Nivel de riesgo: R9
Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición. Requisitos para importar a México.
Conclusión
Se trata de una importación que debe cumplir con el pago de impuestos y sin regulaciones no arancelarias. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, es por eso que creamos nuestro centro de aprendizaje.
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