¿Qué se necesita para importar micrófono USB? ¿Cuál es su fracción arancelaria?

Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias.

Descripción de la mercancía: Micrófono USB

Industria: Electrónicos

Fracción arancelaria: 8518. 10.04 NICO 99

Descripción en LIGIE: Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos. Micrófonos y sus soportes; altavoces (altoparlantes), incluso montados en sus cajas; auriculares, incluidos los de casco, estén o no combinados con micrófono, y juegos o conjuntos constituidos por un micrófono y uno o varios altavoces (altoparlantes); amplificadores eléctricos de audiofrecuencia; equipos eléctricos para amplificación de sonido. Micrófonos y sus soportes. NICO 99 Los demás

  • Impuestos: N/A
  • NOM's: NOM-208-SCFI-2016
  • RRNA: N/A
  • Permisos: N/A
  • Acuerdos y Tratados: N/A
  • Padrón: General
  • Nivel de riesgo: R14

Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición

Conclusión

Se trata de una importación exenta del pago de impuestos y que debe cumplir con la NOM-208 de seguridad de sistemas de radiocomunicación. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, es por eso que creamos nuestro centro de aprendizaje.

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