¿Qué se necesita para importar lipolaser? ¿Cuál es su fracción arancelaria?

Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias.

Descripción de la mercancía: Lipolaser

Industria: Medico

Fracción arancelaria: 9018.90.15 NICO 00

Descripción en LIGIE: Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; aparatos de relojería; instrumentos musicales; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos. Instrumentos y aparatos de medicina, cirugía, odontología o veterinaria, incluidos los de centellografía y demás aparatos electromédicos, así como los aparatos para pruebas visuales. Los demás instrumentos y aparatos. Aparatos de succión, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9018.90.14. NICO 00 Aparatos de succión, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9018.90.14.

  • Impuestos: 15%
  • NOM's: N/A
  • RRNA: N/A
  • Permisos: Registro de COFEPRIS
  • Acuerdos y Tratados: N/A
  • Padrón: General
  • Nivel de riesgo: R9

Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición

Conclusión

Se trata de una importación que debe cumplir con el pago de impuestos y con un registro ante COFEPRIS. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, es por eso que creamos nuestro centro de aprendizaje.

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