¿Qué se necesita para importar licuadora portátil? ¿Cuál es su fracción arancelaria?

Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias.

Descripción de la mercancía: Licuadora portátil

Industria: Electrónicos

Fracción arancelaria: 8509.40.99 NICO 01

Descripción en LIGIE: Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos. Aparatos electromecánicos con motor eléctrico incorporado, de uso doméstico, excepto las aspiradoras de la partida 85.08. Trituradoras y mezcladoras de alimentos; extractoras de jugo de frutos u hortalizas. Las demás. NICO 01 Licuadoras.

  • Impuestos: 15%
  • NOM's: NOM-003-SCFI-2014 y NOM-024-SCFI-2013
  • RRNA: N/A
  • Permisos: N/A
  • Acuerdos y Tratados: N/A
  • Padrón: General
  • Nivel de riesgo: R14

Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición

Conclusión

Se trata de una importación que debe cumplir con el pago de impuestos y con la NOM-024 de etiquetado de electrónicos, eléctricos y electrodomésticos y con la NOM-003 de seguridad de eléctricos. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, es por eso que creamos nuestro centro de aprendizaje.

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