Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias.
Descripción de la mercancía: Jabón de tocador
Industria: Retail
Fracción arancelaria: 3401.11.01 NICO 00
Descripción en LIGIE: Jabón, productos y preparaciones orgánicos tensoactivos, en barras, panes, trozos o piezas troqueladas o moldeadas, y papel, guata, fieltro y tela sin tejer, impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes: De tocador (incluso los medicinales). NICO 00 De tocador (incluso los medicinales)
- Impuestos: 15%
- NOM's: NOM-141-SSA1/SCFI-2012
- RRNA: N/A ¿Qué son las Regulaciones y Restricciones no Arancelarias?
- Permisos: N/A
- Acuerdos y Tratados: N/A
- Padrón: General
- Nivel de riesgo: R13
Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición. Requisitos para importar a México.
Conclusión
Se trata de una importación que debe cumplir con el pago de impuestos y con la NOM-141 de etiquetado sanitario y comercial de productos cosméticos, si no conoces las sobre las NOMs en México puedes leer aquí. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, es por eso que creamos nuestro centro de aprendizaje.
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