¿Qué se necesita para importar silla de baño? Fracción arancelaria TIGIE MEX

Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias...

Descripción de la mercancía:  Silla de baño 


Industria: Retail


Fracción arancelaria: 3922.20.01 NICO 00 

Descripción en LIGIE: Plástico y sus manufacturas; caucho y sus manufacturas. Plástico y sus manufacturas. Bañeras, duchas, fregaderos, lavabos, bidés, inodoros y sus asientos y tapas, cisternas (depósitos de agua) para inodoros y artículos sanitarios e higiénicos similares, de plástico. Asientos y tapas de inodoros.

Nico 00. Asientos y tapas de inodoros.

Impuesto General de Importación (IGI): 15%

Impuesto al Valor Agregado (IVA): 16% 


RRNA:

NOM's: NOM-050-SCFI-2004
Permisos: N/A 
Acuerdos y Tratados: N/A 
Padrón: General


Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición

Conclusión:

Se trata de una importación que debe cumplir con pago de impuestos y con lo establecido en la NOM-050-SCFI-2004. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, es por eso que creamos nuestro centro de aprendizaje.

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