¿Qué se necesita para importar tubería para perforación de pozos? Fracción arancelaria TIGIE MEX

Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias...

Descripción de la mercancía:  tubería para perforación de pozos

Industria: Acero 


Fracción arancelaria: 7304.23.04 NICO 00

Descripción en LIGIE: Metales comunes y manufacturas de estos metales. Manufacturas de fundición, hierro o acero. Tubos y perfiles huecos, sin costura (sin soldadura), de hierro o acero.  Tubos de entubación ("casing") o de producción ("tubing") y tubos de perforación, de los tipos utilizados para la extracción de petróleo o gas:  Los demás tubos de perforación. Tubos de perforación (“Drill pipe”), laminados en caliente, con diámetro exterior superior o igual a 60.3 mm sin exceder de 168.3 mm, con extremos roscados. Nico 00. Tubos de perforación (“Drill pipe”), laminados en caliente, con diámetro exterior superior o igual a 60.3 mm sin exceder de 168.3 mm, con extremos roscados.

Impuesto General de Importación (IGI): 25%

Impuesto al Valor Agregado (IVA): 16% 


RRNA:

NOM's: N/A 
Permisos: Aviso Automático ante la Secretaría de Economía
Acuerdos y Tratados: N/A 
Padrón: Sector 14, Siderúrgico


Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición

Conclusión:

Se trata de una importación que debe cumplir con pago de impuestos y Aviso Automático ante la Secretaría de Economía. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, es por eso que creamos nuestro centro de aprendizaje.

Todos los derechos reservados 2023 Aduaeasy.com