¿Qué se necesita para importar Interruptor de corriente? Fracción arancelaria TIGIE MEX

Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias...

Descripción de la mercancía:  Interruptor de corriente


Industria: Electrónicos 


Fracción arancelaria: 8536.50.99 NICO 01

Descripción en LIGIE: Máquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos. Aparatos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos (por ejemplo: interruptores, conmutadores, relés, cortacircuitos, supresores de sobretensión transitoria, clavijas y tomas de corriente (enchufes), portalámparas y demás conectores, cajas de empalme), para una tensión inferior o igual a 1,000 voltios; conectores de fibras ópticas, haces o cables de fibras ópticas.  Los demás interruptores, seccionadores y conmutadores. Los demás. Nico 01. Interruptores, excepto los comprendidos en el número de identificación comercial 8536.50.99.08.

Impuesto General de Importación (IGI): Exento

Impuesto al Valor Agregado (IVA): 16% 


RRNA:

NOM's:  NOM-024-SCFI-2013
Permisos: N/A 
Acuerdos y Tratados: N/A 
Padrón: General


Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición

Conclusión:

Se trata de una importación que está exenta de IGI, debe cumplir con pago de IVA y con lo establecido en la NOM-024-SCFI-2013. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, es por eso que creamos nuestro centro de aprendizaje.

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