Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias...
Descripción de la mercancía: Piso
Industria: Cerámica.
Fracción arancelaria: 6907.21.02 NICO 01
Descripción en LIGIE: Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materias análogas; productos cerámicos; vidrio y sus manufacturas. Productos cerámicos. Placas y baldosas, de cerámica, para pavimentación o revestimiento; cubos, dados y artículos similares, de cerámica, para mosaicos, incluso con soporte; piezas de acabado de cerámica. Placas y baldosas, para pavimentación o revestimiento, excepto las de las subpartidas 6907.30 y 6907.40: Con un coeficiente de absorción de agua inferior o igual al 0.5% en peso. Nico 01. Azulejos, losas y artículos similares, sin barnizar ni esmaltar, incluso de forma distinta de la cuadrada o rectangular para pavimentación o revestimiento, con absorción de agua inferior o igual a 0.5% de acuerdo al método de prueba ASTM C373.
Impuesto General de Importación (IGI): 25%
Impuesto al Valor Agregado (IVA): 16%
RRNA:
NOM's: NOM-050-SCFI-2004
Permisos: N/A
Acuerdos y Tratados: N/A
Padrón: General
Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición
Conclusión:
Se trata de una importación que debe cumplir con pago de impuestos y NOM-050-SCFI-2004. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, es por eso que creamos nuestro centro de aprendizaje.