¿Qué se necesita para importar Pantallas para automóvil? Fracción arancelaria TIGIE MEX

Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias...

Descripción de la mercancía:  Pantallas para automóvil


Industria: Electrónicos.


Fracción arancelaria: 8528.72.06 NICO 00

Descripción en LIGIE: Máquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos. Monitores y proyectores, que no incorporen aparato receptor de televisión; aparatos receptores de televisión, incluso con aparato receptor de radiodifusión o grabación o reproducción de sonido o imagen incorporado. Aparatos receptores de televisión, incluso con aparato receptor de radiodifusión o grabación o reproducción de sonido o imagen incorporado: -- Los demás, en colores. Con pantalla plana, incluso las reconocibles como diseñadas para vehículos automóviles. Nico 00. Con pantalla plana, incluso las reconocibles como diseñadas para vehículos automóviles. 


Impuesto General de Importación (IGI): 15%

Impuesto al Valor Agregado (IVA): 16% 


RRNA:

NOM's: NOM-024-SCFI-2013, NOM-192-SCFI/SCT1-2013 y NOM-001-SCFI-2018
Permisos: N/A 
Acuerdos y Tratados: N/A 
Padrón: General


Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición. 

Conclusión:

Se trata de una importación que debe cumplir con pago de impuestos y con lo establecido en la NOM-024-SCFI-2013, NOM-192-SCFI/SCT1-2013 y NOM-001-SCFI-2018. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, es por eso que creamos nuestro centro de aprendizaje.

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