Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias...
Descripción de la mercancía: Bomba Centrifuga
Industria: Electrónicos
Fracción arancelaria: 8413.70.99 NICO 99
Descripción en LIGIE: Máquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos. Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos. Bombas para líquidos, incluso con dispositivo medidor incorporado; elevadores de líquidos. Las demás bombas centrífugas. Las demás. Nico 99. Las demás
Impuesto General de Importación (IGI): 15%
Impuesto al Valor Agregado (IVA): 16%
RRNA:
NOM's:
NOM-001-ENER-2014 - Únicamente: Bombas verticales tipo turbina con motor externo eléctrico vertical.
NOM-004-ENER-2014 - Únicamente: Para bombeo de agua limpia, de uso doméstico, en potencias de 0,180 kw a 0,750 kw, que no sean para fuentes ornamentales, contra incendio, para hidromasaje, jet tipo inyector, multietapa, para el manejo de sólidos (de superficie o sumergible), aspersoras, de achique, para alberca.
Permisos: N/A
Acuerdos y Tratados: N/A
Padrón: General
Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición
Conclusión:
Se trata de una importación que debe cumplir con pago de impuestos y con los establecido en la NOM-001-ENER-2014 y NOM-004-ENER-2014 en su caso. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, es por eso que creamos nuestro centro de aprendizaje.