¿Qué se necesita para importar vino tinto? Fracción arancelaria TIGIE MEX

Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias...

Descripción de la mercancía:  Vino tinto


Industria: Bebidas alcohólicas 


Fracción arancelaria: 2204.21.04 NICO 02 

Descripción en LIGIE: Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados; productos, incluso con nicotina, destinados para la inhalación sin combustión; otros productos que contengan nicotina destinados para la absorción de nicotina en el cuerpo humano. Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre. Vino de uvas frescas, incluso encabezado; mosto de uva, excepto el de la partida 20.09. Los demás vinos; mosto de uva en el que la fermentación se ha impedido o cortado añadiendo alcohol: En recipientes con capacidad inferior o igual a 2 l. Nico 02. Vinos tinto, rosado, clarete o blanco, cuya graduación alcohólica sea hasta 14 grados centesimales Gay-Lussac, a la temperatura de 15°C.
 

Impuesto General de Importación (IGI): 20%

Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS): 26.5%


RRNA:

NOM's:  NOM-142-SSA1/SCFI-2014
Permisos: N/A 
Acuerdos y Tratados: N/A 
Padrón: General


Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición

Conclusión:

Se trata de una importación que debe cumplir con pago de impuestos y NOM-142-SSA1/SCFI-2014. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, es por eso que creamos nuestro centro de aprendizaje.

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