Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias...
Descripción de la mercancía: Gorras
Industria: Textil
Fracción arancelaria: 6505.00.04 NICO 02
Descripción en LIGIE: Calzado, sombreros y demás tocados, paraguas, quitasoles, bastones, latígos, fustas, y sus partes; plumas preparadas y artículos de plumas; flores artificiales; manufacturas de cabello. Sombreros, demás tocados, y sus partes, Sombreros y demás tocados, de punto o confeccionados con encaje, fieltro u otro producto textil, en pieza (pero no en tiras), incluso guarnecidos; redecillas para el cabello, de cualquier materia, incluso guarnecidas. Nico 02. Gorras, cachuchas, boinas, monteras o bonetes.
Impuesto General de Importación (IGI): 25%
RRNA:
NOM's: NOM-004-SE-2021
Permisos: N/A
Acuerdos y Tratados: N/A
Padrón: Sectorial Textil
Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición
Conclusión:
Se trata de una importación que debe cumplir con pago de impuestos y NOM-004-SE-2021. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, es por eso que creamos nuestro centro de aprendizaje.