Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias.
Descripción de la mercancía: Cepillo alaciador
Industria: Energética
Fracción arancelaria: 8516. 32.01 NICO 00
Descripción en LIGIE: Máquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos. Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores eléctricos de inmersión; aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos; aparatos electrotérmicos para el cuidado del cabello (por ejemplo: secadores, rizadores, calientatenacillas) o para secar las manos; planchas eléctricas; los demás aparatos electrotérmicos de uso doméstico; resistencias calentadoras, excepto las de la partida 85.45. Aparatos electrotérmicos para el cuidado del cabello o para secar las manos: Los demás aparatos para el cuidado del cabello. NICO 00 Los demás aparatos para el cuidado del cabello.
- Impuestos: 15%
- NOM's: NOM-024-SCFI-2013
- RRNA: N/A ¿Qué son las Regulaciones y Restricciones no Arancelarias?
- Permisos: N/A
- Acuerdos y Tratados: N/A
- Padrón: General
- Nivel de riesgo: R10
Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición. Requisitos para importar a México.
Conclusión
Se trata de una importación que debe cumplir con el pago de impuestos y con la NOM-024 de información comercial de electrónicos, eléctricos y electrodomésticos, si no conoces las sobre las NOMs en México puedes leer aquí. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, es por eso que creamos nuestro centro de aprendizaje.
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