Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes en México (TIGIE) de acuerdo con la fracción arancelaria; tanto en materia de impuestos como regulaciones y restricciones no arancelarias.
Descripción de la mercancía: Ácido Tricloroisocianúrico.
Industria: Química.
Fracción arancelaria: 3808.94.99 NICO 99
Descripción de la mercancía: Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas; Productos diversos de las industrias químicas; Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas; Los demás: Desinfectantes NICO 99 Los demás.
- Impuestos: 5% IGI
- IEPS: La importación de esta mercancía está sujeta al pago del IEPS si es utilizada como pesticida y tiene la categoría de peligro de toxicidad aguda señalada en el Art. 2fracc. I inciso Ley del IEPS.
- NOM's: NOM-189-SSA1/SCFI-2002
- RRNA: ¿Qué son las Regulaciones y Restricciones no Arancelarias?
- Permisos: N/A
- Acuerdos y Tratados: N/A
- Padrón: General
- Nivel de riesgo: R8
Información requerida: Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición. Requisitos para importar a México.
Conclusión
Se trata de una importación que debe cumplir con el pago de impuestos al comercio exterior y al IEPS de acuerdo al uso y toxicidad y esta sujeta a la Norma NOM-189-SSA1/SCFI-2002 Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico. Si no conoces las sobre las NOMs en México puedes leer aquí. En Aduaeasy nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior, es por eso que creamos nuestro centro de aprendizaje.
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