¿Qué se necesita para importar Cargador para faro?
Te describiremos en qué consiste el proceso y requerimientos que marcan las leyes (TIGIE) tanto en materia de impuestos como regulaciones.
Título | ¿Qué se necesita para importar Cargador para faro? |
Descripción de la mercancía | Cargador para faro |
Industria | Retail |
Fracción asignada | 8504.40.15 NICO 00 |
Descripción en LIGIE | Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos. Transformadores eléctricos, convertidores eléctricos estáticos (por ejemplo, rectificadores) y bobinas de reactancia (autoinducción). Convertidores estáticos. Cargadores para baterías que tengan dispositivo de control de carga. NICO 00 Cargadores para baterías que tengan dispositivo de control de carga. |
Impuestos | N/A |
NOM's | N/A |
Permisos | N/A |
Acuerdos y Tratados | N/A |
Padrón | General |
Nivel de riesgo | R9 |
Preguntas al cliente | Ficha técnica del producto. Especificaciones físicas, de uso y composición |
Conclusión | Se trata de una importación exenta del pago de impuestos y sin regulaciones no arancelarias. En Aduaeasy.com nos interesa que conozcas cada una de las formalidades en materia de comercio exterior |
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